DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley PRIMERO: DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano LUIS JAVIER GONZALEZ BARRIOS: quien es venezolano, natural de Carúpano, de 22 años de edad, estado civil: soltero, nacido en fecha 20-06-87, titular de la cédula de identidad Nº V-19.708.353, ocupación u oficio: Obrero, hijo de Ángel Rafael González y Belkis González, y residenciado en el Versalle, Sin N°, Frente al Liceo Tavera Acosta, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 del Código Penal, en perjuicio de PEDRO JOSE LOPEZ ALVINO, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, numerales 1º, 2º y 3º; 251, numeral 2º, 3º y.....