DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al ciudadano HERNAN JOSE FARIAS MARCANO, quien es venezolano, de 30 años de edad, nacido en fecha (no recuerda), titular de la Cédula de Identidad N° indocumentado, de profesión u oficio Agricultor, de estado civil soltero, hijo de Hernán Marcano y Luisa Farias, residenciado en: el caserío los Altos de Musiú Pablo, casa S/N, cerca de la vecina Juana Rosales, al lado de la Plaza, de la Población de Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de Violencia Física previstos y sancionados en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia; en perjuicio de la ciud.....