REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÓN CARÚPANO
JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL

Carúpano, 15 de Enero de 2009
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2009-000032
ASUNTO: RP11-P-2009-000032

RESOLUCIÓN DE AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN DE IMPUTADO

Realizada la Audiencia de Presentación del día, 14 de Enero de 2009, se constituyó en la Sala de Audiencias N° 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano el Tribunal Segundo de Control, presidido por el Juez, Abg. Abelardo Royo y la Secretaria Judicial, a los fines de realizar la AUDIENCIA PARA OIR IMPUTADO de conformidad con el art. 130 del Código Orgánico Procesal Penal del imputado LARRY JESÚS RAMOS MORENO. Acto seguido se verificó la presencia de las partes, encontrándose presentes, la Fiscal Primera (A) del Ministerio Público, Abg. Elvismarys Hernández, el imputado Larry Jesús Ramos Moreno y la Defensora Pública Penal Abg. Amagil Colon, en sustitución de la Abg. Siolis Crespo.

Seguidamente el Juez cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Publico, quien expone: “con las atribuciones que me confiere la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás leyes de la República, presento en este acto al ciudadanos, Larry Jesús Ramos Moreno, a quien esta representación fiscal le imputa en este acto los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COOPERACION, en perjuicio de Cruz Alejandro aguilera, previsto y sancionado en el art. 406 numeral 1 con las calificantes de Alevosía por Motivos Fútiles e Innobles en relación con el art. 83 ambos del Código Penal Venezolano y el delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el art. 413 del Código penal en perjuicio del adolescente ANDREINA DEL CARMEN CEDEÑO GUERRA, con la agravante establecido en el art. 217 de la Ley Orgánica para la protección de Niños Niñas y Adolescentes, dando cumplimiento de esta manera con lo establecido en el art. 49 de la Constitución de la republica bolivariana de Venezuela en relación con el art. 125 del Código Orgánico Procesal Penal, por hechos acontecidos 20-02-2007, (Se deja constancia que la ciudadana Fiscal del Ministerio Público comunica detalladamente el hecho atribuido al imputado, con las circunstancias de tiempo, modo y lugar de comisión) incluyendo aquellas que son de importancia para la calificación jurídica y los datos que la investigación arroja en su contra, en donde resultare fallecido Cruz Alejandro Aguilera Malave y lesionada la adolescente Andreina del Carmen Cedeño Guerra, así mismo de conformidad con lo establecido con el art. 130 del Código Orgánico Procesal Penal, solicito a este Tribunal se sirva oír al imputado.

Acto seguido el Juez impone al imputado del precepto constitucional previsto en el artículo 49, ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con lo establecido en el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, procediendo a otorgarle el derecho de palabra al imputado LARRY JESÚS RAMOS MORENO, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° 20.376.706, nacido en fecha 01-01-1989, natural de San Félix Estado Bolívar, de profesión u oficio Obrero, hijo de Martina Moreno y Agapito Ramos y residenciado en Río Caribe, sector Chamverí, calle principal, casa N° 53, cerca de CADAFE, Municipio Arismendi del Estado Sucre, quien expuso: Yo estaba con Noraima y Jean Carlos, el ultimo día de carnaval, era de noche, mientras que se presento una pelea y espesaron a tirar botella, y salimos corriendo por el medio de la plaza, se escucharon unos disparos y Noriega y Jean Carlos me dijeron que estaba cortado por la espalda, luego yo fui donde estaba mi mama, que estaba vendiendo empanada cerca de la pelea, a ayudarla a recoger los corotos después yo me fui para mi casa y al otro día estaban diciendo que habían matado a un chamo en la fiesta de que había sido yo, y un chamo que llaman Noel, y yo me fui a presente en la CICPC, me reseñaron y después me soltaron, estuve presentándome como un año ante la Fiscalia, también se presentaba Noel, .

Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal Primera del Ministerio Público quien expone: De conformidad con el art. 132 COPP solicito al Tribunal sirva autorizar las preguntas que formulare en este acto al Imputado de autos. Acto Seguido toma la palabra el Juez Segundo de Control quien expone: Oída la solicitud realizada por la Fiscal Primera del Ministerio Público este Tribunal autoriza de conformidad con el art. 132 del COPP, realice preguntas al Imputado. Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal Primera del Ministerio Público a los fines de que pregunte al imputado. ¿Diga usted el lugar donde sucedieron los hechos? R: En la plaza Sucre de río caribe. ¿A que hora fue eso Larry? R: de 8 a 9 de la noche. ¿En compañía de quien te encontrabas tu ese día? R: Jean Carlos y Noraima. ¿Podría señalar en que lugar exacto te encontrabas tú y donde fue la pelea? R. Yo estaba en la plaza, detrás de la concha acústica. ¿En que lugar se suscito la pelea? R: cerca de donde yo estaba. ¿Después de haber tirado piedras y botellas que paso? R: yo corrí para el medio de la plaza con Jean Carlos y Noraima. ¿Conoce a usted a un ciudadano de nombre Noel José Tovar Rojas? R: no yo lo conoce en las presentaciones que hacíamos en la fiscalía. ¿Conoció usted a un ciudadano de nombre Cruz Alejandro Aguilera? R: No. Conoce usted a una adolescente de nombre andreina cedeño?. R: No. ¿Cómo tiene usted conocimiento de que se estaba suscitando una pelea? R: Porque empezaron a tirar botella. ¿Tu dices que al momento de la pelea se escucharon varios disparos, cuanto disparos escuchaste tú? R: Varios. ¿Tu corriste hacia donde cuando se suscrito la pelea? R: Hacia en medio de la plaza. ¿Dónde puede ser ubicado tu mama, Jean Carlos, y Noraima? R: Mi mama, en mi direccion, a Jean Carlos cerca de mi casa y a noraima en el barrio brasil. ¿Conoces a un muchacho de nombre Roger Villalba? R: No. ¿Qué otra persona conocías que estaban cerca de ti. ¿Porque motivo piensa usted que esta involucrado en el presente asunto? R: No se. ¿Desea declarar algo más? R: ese día cuando paso la pelea vino una ambulancia y se llevaron varios heridos. Ahora bien solicito a este Tribunal remita a la brevedad posible las presentes actuaciones a la Fiscalía Primera del Ministerio Público, a los fines de presentar el respectivo acto conclusivo. Seguidamente se le cede la palabra a la Defensora Pública Penal abg. Amagil Colon a los fines de que interrogue al imputado quien expone: no deseo interrogar mi representado.

En este estado toma la palabra el ciudadano Juez y expone: Concluido la realización de la presente Audiencia para oír imputado de conformidad con el art. 130 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Segundo de Control acuerda remitir a la brevedad posible las presentes actuaciones a la Fiscalía Primera del Ministerio Público, a los fines de presentar el respectivo acto conclusivo. Líbrese el oficio Correspondiente. Así se decide; Cúmplase.
El Juez Segundo de Control,
Abg. Abelardo Royo
La Secretaria
Abg. Migdalia Salazar