este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra de la Imputada Maryoris Del Jesús Ordaz Aguilera, venezolana, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.717.958, nacida en fecha 03-01-1982, de 34 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio ama de casa, hija de José Ordaz y Esther Aguilera, y con domicilio en la Comunidad de La Gloria, Sector Cerro Colorado, Casa S/N, cerca de la Cachapera La Esperanza, vía El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Básicas, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Iris Aguilera, en consecuencia, la referida ciudada.....