DISPOSITI
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano Daniel José Guzmán Rodríguez, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 25.286.980, nacido en fecha 28-05-1993, de 23 años de edad, de profesión u oficio trabajador informal (servicio técnico de celulares), de estado civil soltero, y residenciado en el Sector Las Viviendas de San Andrés, Calle Principal, Casa S/N, cerca de la Escuela, Macarapana, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la comisión del delito de Homicidio Culposo, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal .....