Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del imputado ALEXIS RAFAEL CARVAJAL, venezolano, de 20 años de edad, nacido en fecha 16 de julio de 1989, de estado civil Soltero, titular de la cédula de identidad número 25.098.391, de oficio obrero, hijo de Antonio Carvajal y Virginia Carvajal, residenciado en Río Seco del Charcal, casa s/n, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de Violación Agravada, previsto y sancionando en el artículo 374 numeral 1 del Código Penal Venezolano, en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en perjuicio de la víctima (Identidad omitida, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 65 de la LOPNNA). Se Declara .....