Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad, en contra del imputado JESUS ALCIDES SOJO VIVAS, venezolano, natural de Caracas, de 22 años de edad, de oficio: Taxista, titular de la cedula de identidad Nº 17.977.082, de estado civil soltero, nacido en fecha 20 de abril de 1987, hijo de Livians Vivas y de Alcides Sojo y domiciliado en Rio Caribe, Sector la Gloria, Calle Guasdualito, casa s/n, Municipio Arismendi del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL HURTO O ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del Estado Venezolano, consistente en un régimen de presentaciones, cada ocho días, por ante la Unidad de Alg.....