Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso por el lapso de un,(01), año contado a partir de la presente fecha al ciudadano JONNY JESUS SCOTT CEDEÑO, quien es venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez, Estado Sucre, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 17.317.711, de profesión u oficio agricultor, nacido en fecha 06-03-1.982, de 26 años de edad, hijo de Jesús Scott y Gladis Cedeño, y domiciliado en: Sector San Juan de Río Salado Calle Pinto Salinas Casa N° 12, Municipio Valdez, Estado Sucre; por la comisión del delito de de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes, tipificado en el articulo 34, de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo De Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de .....