Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado CARLOS ENRIQUE GUERRA BASTARDO, venezolano, natural de Carúpano, 43 años de edad, nacido el 28 de enero de 1966, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.958.180, hijo de Luís Beltrán Guerra y Ana Bastardo de Guerra, de estado Civil soltero, residenciado en Calle Mariño, Bar el Zamuro, Guiria, Municipio Valdez, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Alba Soraya Salazar García, consistente en un Régimen de presentaciones, cada Treinta (30) días, por el lapso de Cuatro (4) meses y Quince (15) días, por a.....