Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA DESESTIMACION DE LA ACCION PENAL, seguida a los ciudadanos HERNÁNDEZ DE ROMERO YELITZA DEL VALLE, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 13.367.418, casada, obrera, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, nacida el 14-11-1974, hija de Maritza Hernández y Oscar Cavibe, residenciada en el Sector Antonio José de Sucre, Chanchunchú, casa s7n, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por cuanto los hechos denunciados configuran el delito de Amenazas, previsto y sancionado en el artículo 175 del Código Penal; en perjuicio de PASTORA DEL VALLE RODRÍGUEZ VELÁSQUEZ., cuyo enjuiciamiento sólo procede a instancia de parte agraviada o de previa querella del amenazado, de conformidad con el artículo 301 último aparte del Códi.....