este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA: la aprehensión del ciudadano José Gregorio Lezama Pereira , Venezolano, mayor de edad , indocumentado, hijo de Luis Lezama y Morianny Pereira y residenciado en calle Güiria, casa N° 2, Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en virtud que de las actuaciones complementarias acompañadas, se desprenden en su contra elementos de convicción que comprometen su responsabilidad como autora del delito de de Hurto Calificado previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 4° del código penal en perjuicio de José Ramón Moya, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.