Por todo los razonamientos de hecho y de Derechos anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano: JOSE RAFAEL VELASQUEZ GALDONA, venezolano, de 34 años de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° 10.883.230, nacido en fecha 18-10-1.972, natural de Carúpano del Estado Sucre, de oficio Pescador, domiciliado en calle Úrica casa N.-24, Carúpano Estado Sucre, hijo de Rafael Velazquez y Flor Galdona, en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en los artículos 458, en relación con el articulo 80, del Código Penal, en perjuicio de JUAN CARLOS TINEO SUÁREZ. Se niega la solicitud de libertad de medida cautelar o menos gravosa, solicitada por la defensa, en virtud de l.....