DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA: la Sustitución de la Medida Cautelar de privación de Libertad por la Medida Cautelar sustitutiva de Libertad, a favor del imputado GUILLERMO JOSE GONZALEZ MARIN, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, de 40 años de edad, nacido en fecha: 10/02/1975, soltero, de profesión u oficio: Agricultor, titular de la Cédula de Identidad Número v- 14.169.825, hijo de Juan Francisco González y Viviana Marin, residenciado en el Sector la Palencia, vía Maturín Estado Monagas, casa s/n, cerca del Puente, Estado Sucre; por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de ACTO CARNAL CON CONSENTIMIENTO, previstos y sancionado en el artículo 378, encabezamiento del .....