En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado y actualizado el cómputo en la presente causa seguida a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, a quien se le imputa la comisión de los delitos de robo agravado, privación ilegitima de libertad, previstos en los artículos 458, y 174 del Código Penal, previstos en el Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos; Felipe Gregorio Muñoz, Adalicia Lunar y Verónica de la Cruz, a la sanción de DOS (02) AÑOS Y NUEVE (09) MESES de privación de libertad y de los cuales ha cumplido UN (01) AÑO UN (01) MES y VEINTISEIS ( 26)DÍAS faltándole por cumplir UN (01) AÑO SEIS (06) MESES y CUATRO (04) DÍAS, que vencerán el 29 de febrero de 2015;
Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para.....