este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y haciendo uso de la facultades que le confiere el artículo 647, literal H de la LOPNA decreta la CESACION DE LA SANCION impuesta al ciudadano: Carlos Eduardo García Rosell Agreda, venezolano, nacido el día 06-09-1991, de 14 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.927.062, soltero, hijo de Eduardo garcía y Maria Agreda, residenciado en la av. Universidad, el hotel Villa Mar de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre,