En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado el cómputo en la presente causa seguida a los adolescentes xxxxxxxxx, venezolano, de 16 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº xxxxxxx, de estado civil soltero, nacido en Cumaná en fecha 27-06-1991, hijo de xxxxxxx y xxxxxxxxxx, estudiante de primer año de educación básica, con residencia en el Barrio xxxxxxxx y xxxxxxxxxx, venezolano, de 17 años de edad, titular de la cedula de identidad N° xxxxxxxxxxxxx, Natural de esta ciudad de Cumaná, nacido en fecha 26-03-1990, hijo de los ciudadanos xxxxxxx y xxxxxxxxx, de oficio obrero de la construcción, soltero, con residencia xxxxxxxxxxx; quienes quedaron sancionados a cumplir dos (02) años y seis (06) meses de privación de libertad, por la comisión del delito de coautores en el delito de robo.....