este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado y actualizado el cómputo en la presente causa seguida a XXXXXXXXXXXXXXXXX, por la comisión de los delitos de Robo Agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal, Lesiones Personales Leves en Grado de Complicidad Correspectiva, previsto en el artículo 416, en relación con el artículo 424 del Código Penal, Incendio Intencional, previsto en el artículo 343 del Código Penal, y Daños a la Propiedad con Violencia, previsto en el artículo 474 del Código Penal, en perjuicio de las ciudadanas Matilde Epifania Martínez de Guilarte y Carina Mercedes Bastidas Martínez;, Cumaná, Estado Sucre; quien cumple la medida de reglas de conducta por UN (01) AÑO UN (01) MES y VEINTE (20) DÍAS, donde se determino le falta la totalidad por cuanto no ha iniciado su cumplimiento.
Cómputo .....