Este Tribunal de Ejecución del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ejecutó la mencionada decisión en contra de del RENNY JOSÉ MEJIAS BETANCOURT, venezolano, natural de Cumaná Estado sucre, nacido en fecha 11-07-1989, de 16 años de edad, ayudante de albañilería, hijo de Reinaldo Mejias y Gregoria Betancourt, titular de la cédula de identidad N° 20.994.681 y residenciado en San Antonio del golfo, calle la Villa, casa sin número, cerca de la venta de huevas de lisa, Municipio Mejias del Estado Sucre, Estado Sucre; mediante la cual quedó sancionado a cumplir la medida contenida en el Artículo 620 literal “b” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, relativa a REGLAS DE CONDUCTA por un lapso de un (1) año, consistente en realizar uno o varios cursos de convivencia social, superación personal o áreas afines en un área .....