En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado y actualizado el cómputo en la presente causa seguida al adolescente XXXXXXX; quien fue sancionado por la comisión del delito Homicidio Intencional Calificado con Alevosía, previsto en el Artículo 406 numeral 1ro del Código Penal en perjuicio de los ciudadanos XXXXXXXX y XXXXXXXX, quien cumple medidas de libertad asistida y reglas de conducta Un (01) año y Seis (06) meses, donde se determino que ha cumplido de la medida de Libertad Asistida cuatro (04) meses, faltándole por cumplir UN (01)AÑO y DOS (02) MESES y de la Medida de Reglas de Conducta no ha consignado constancia que acredite su cumplimiento, por lo que le resta de la sanción de reglas de conducta UN (01) AÑO SEIS (06) MESES. Cómputo que se realiza con fundamento en las atribucion.....