este Tribunal Segundo de Juicio, en nombre de la República y por autoridad de la Ley Resuelve: Se acuerda el Cese de la Medida Cautelar que pesaba contra del ciudadano WILLIAM JOSÉ MUÑOZ, venezolano, de 53 años de edad, 5.695.773, nacido en fecha 16/03/58, soltero, residenciado Brasil Sur, Sector La Esperanza, Tercera Calle, Casa sin N°, cerca de la casa comunal, Cumaná, Estado Sucre, a quien se le acusa de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Pena, en perjuicio de ALEXIS ENRIQUE SÁNCHEZ ACOSTA. Se acuerda recordarle al acusado de la obligación que tiene de acudir a todos los llamados que le haga el Tribunal de la causa. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese de la presente decisión a la fiscal, a la víctima, al acusado y a la defensa.