este Tribunal Quinto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda conceder un plazo prudencial de treinta (30) días para que la Fiscal del Ministerio Público presente el acto conclusivo de la investigación, en la causa seguida al ciudadano ALBERT LUIS SALAZAR RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N°. 23.347.056, nacido en fecha 23-10-88, natural de Cumaná, de 20 años de edad, hijo de Odalis Coromoto Salazar y Cristóbal Rafael Guevara, pescador, soltero, residenciado en La trinidad, vereda H-4, casa S/N° al frente de la Escuela La Trinidad, Cumaná, Estado Sucre; a quien se le sigue causa por el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal; ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal.