en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta al favor de los ciudadanos WILMAN JOSÉ YENDEZ BRUZUAL, titular de la cedula de identidad Nº 20.992.269, de 20 años de edad, nacido el 27/08/1988, sin profesión ayudante de albañilería, de estado civil soltero, hijo de Carmen Elisminia Bruzual y Wilman José Yendez, domiciliado en El Valle, Casa sin número de esta ciudad, cerca de la bodega de la señora Mary Leiza; y GLEN JOSÉ BRUZUAL LANDAETA, titular de la cédula de identidad Nº 20.992.271 de 18 años de edad, nacido el 09/08/1980, sin oficio, de estado civil soltero, hijo de Carmen Bruzual y Filman José Yendez, domiciliado en El Valle, Casa sin número de esta ciudad, cerca de la bodega de la señora Mary Leiza, el SOBRESEIMIENTO de la causa por estar de presuntamente incurso en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal en perjuicio de la ciudadana MARIA AUXILIADORA FARIAS BAEZ; por lo tanto como .....