Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano LUIS EDUARDO HERRERA BETANCOURT, venezolano, de 23 años de edad, nacido en fecha 05/09/1.984, titular de la cédula de identidad Nº 25.897.739, soltero, de oficio agricultor, residenciado en la Calle Cuchapal, Parroquia Raúl Leoni, Municipio Sucre, Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos HOMICIDIO INTENCIONAL FRUSTRADO, previsto y sancionado en los artículos 405 y 80 en su segundo aparte, ambos del Código Penal y PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en los artículos 09 y 16 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en perjuicio de RAFAEL MATA LÓPEZ y EL ESTADO VENEZOLANO, respectivamente; quien quedará recluida en la sede del Internado Judicial de Cumana. Sígase el procedimiento por la vía ordinaria. En consecuencia Líbrese boleta de PRIVACIÓN PREVENTIVA y oficio al Director del Internado Jud.....