éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano Yorgui Nilson Rivero, venezolano, de 32 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, nacido el 28-09-78, titular de la Cédula de Identidad N° 13.220.420, hijo de Zuleima Rivero y Luís Martínez, y domiciliado en Riberas del Manzanares, Casa S/N, sector El Realengo a orillas del río, Cumana, Estado Sucre; por la comisión del delito de Amenaza, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en perjuicio de las ciudadanas Elena Gabriela Hernández, Liset Del Carmen Rodríguez y Zuleima Del Carmen Rivero; imponiéndole las siguientes condiciones por el plazo de un (01) año: PRIMERO: prohibición de realizar cualquier acto de violencia, amenaza, persecución o intim.....