Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, numerales 3 y 9, del Código Orgánico Procesal Penal, Medida Cautelar Sustitutiva a la privación de Libertad, en contra del imputado Javier José Licet, venezolano, de estado civil soltero, de 19 años de edad, indocumentado, hijo de Isabel Carreño y Carlos José Licet; y domiciliado en Acarigua, sector Pinto Salinas, Casa S/N, parroquia Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre; consistentes en un régimen de presentaciones cada treinta (30) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, durante el lapso de seis (06) meses, y la prohibición de efectuar cambio de domicilio o residencia sin participar o informar al Tribunal; todo ello por la p.....