este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano GERALDO ANTONIO TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.956.122, nacido en fecha 30-04-1985, de 21 años de edad, residenciado en el Barrio Sucre, Calle Orinoco de Casanay, Municipio Andrés Eloy Blanco, en vista de que el hecho imputado: APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Penal, vigente para el momento de ocurrir los hechos, merece pena corporal de prisión de tres (3) meses a un (1) año, el hecho ocurrió el 14-09-01 y hasta la fecha de la solicitud, 15-06-2006, habían transcurrido cuatro (4) años, ocho (8) meses y veintiocho (28) días, todo de conformidad con lo establecido en el numeral 3º del artículo 318 en concordancia c.....