este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad de los ciudadanos Epifanio Rivero, de 60 años de edad, nacido en fecha 16-11-1948, cédula de identidad Nº-3.695.702, Natural de Maturín, Estado Monagas, soltero, de profesión u oficio Decorador, residenciado en el sector Caripe del Guacharo, calle Principal, casa Nº 139, del Municipio Piar, Estado Monagas y Gregorio José Madrid Ferrer, Venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 24 años de edad, nacido en fecha 09-11-1984, soltero, comerciante, residenciado en final calle Miranda, casa sin número, a una esquina de la licorería el Festejo, Carúpano, Estado Sucre, Municipio Arismendi, titular de la cedula de identidad Nº 19.315.255; por la comisión de los delitos de Privación Ilegitima de Libertad, previsto y sancionado en el artículo 174.....