Este Tribunal declarar sin lugar la solicitud fiscal y acoge el pedimento de la defensa de desestimar el petitorio del Ministerio Público. Por lo antes expuesto, este JUZGADO CUARTO DE CONTROL, , de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 8, 9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA la LIBERTAD del ciudadano MIGUEL RAMON CABELLO, titular de la cedula de identidad N° 17.539.146.