este TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, presentada como ha sido la solicitud Fiscal por parte de la Fiscalia Undécima del Ministerio Público, el tribunal pasa hacer el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se acuerda CON LUGAR, la solicitud planteada por el Ministerio Publico y en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA iniciada en contra del ciudadano JULIO RAFAEL JIMÉNEZ SALAZAR, Venezolano, de 51 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.270.898, de profesión u oficio no definida, casado, natural de Cumaná, nacido en fecha 06/07/1961, hijo de Berta María Salazar (F) y Ambrosio Enrique Jiménez (F), reside en la calle, en las adyacencias de la Iglesia Catedral, Cumaná, Estado Sucre., ello en virtud de estimar que el.....