este Tribunal Primero en Funciones de Control, en presencia de las partes, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de La Ley, decreta la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor del ciudadano JOSÉ MIGUEL LACHEA GONZÁLEZ, venezolano, de 18 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-23.684.456, natural de Cumaná, nacido en fecha 31/03/1993, de profesión u oficio comerciante, residenciado en Cumanacoa, Vía Principal La Manguita, Casa N° 09, detrás del Abasto Morocho, Municipio Montes del Estado Sucre, teléfono: 0424-122.38.32; por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. Se declara la aprehensión como Flagrante, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, y se ordena la instrucción de la presente causa por la vía del procedimiento Ordinario, conforme a lo establecido en el artículo 373 e.....