Este Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA para IMPUTADO FRANCISCO MANUEL BERMUDEZ JIMENEZ Y PEDRO JULIAN FRONTADO HERRERA por ser autores del delito precalificado por esta Fiscalía como ROBO GENERICO y ACTOS LASCIVOS previstos y sancionados en los artículos 457 y 377 del Código Penal Venezolano en perjuicio de MARYURI DEL VALLE SALAZAR RODRIGUEZ Y JOSE INES FRANCO RENGEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad números V- 13.220.298 y V- 4.187.625, respectivamente y de este domicilio, fundamentándose esta decisión en que esta demostrado la existencia de un hecho punible cometido pero, sin embargo, ha transcurrido el tiempo estipulado para que opere la PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL de conformidad con lo previsto en el artículo 108 ordinal 3º del Código Penal. por lo tanto se DECRETA: EL .....