"En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el Sobreseimiento de la causa donde aparece como imputado PEDRO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.660.367, residenciado en el barrio Cumanagoto II, avenida 02, N° 44 de esta ciudad; y NILO GONZALEZ ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E- 0830623, residenciado en el casino Militar, cabaña N° 07, de esta ciudad, donde aparecen como victimas los niños PEDRO MIGUEL GONZALEZ y ESTHER GONZALEZ, de once (11) y cinco (05) años respectivamente; por el delito de LESIONES COLPOSAS EN ACIDENTE DE TRANSITO; ..."