Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, para los ciudadanos EVELYN CAROLINA PATIÑO, venezolana, de 32 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.664.718, soltera, estudiante, nacida en fecha 10-08-74, hija de Matilde Patiño y Armando Patiño, residenciada en el barrio Santa Ana, calle los araguaney, casa N° 96, Cumaná, Estado Sucre; y LUIS EDUARDO GARCÍA, venezolano, de 34 años de edad, obrero, nacido en fecha 13-11-72, titular de la cédula de identidad N° 11.379.516, hijo de Tomasa García y Fernando Córdova, residenciado en el barrio Santa Ana, calle los araguaney, casa N° 96, Cumaná, Estado Sucre; en virtud, que el hecho objeto del proceso no se le puede atribuir a los imputados; todo, con fundamento en el numeral 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.