este Tribunal Primero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admite totalmente la acusación fiscal en contra del ciudadano CRUZ MANUEL GUERRA, venezolano, de 42 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.461.692, de estado civil soltero, natural de Araya, nacido en fecha 17-07-67, pescador, hijo de Carmen Martina Guerra Pedro Mendoza (f), residenciado en el guamache, Araya, casa S/N°, cerca de la cancha de bolas criollas, Municipio Cruz Salmerón Acosta del Estado Sucre, a quien le imputa la comisión del delito de Amenazas, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Emilia Mata,; y se decreta la suspensión del proceso por el lapso de un (01) año, y le impone como condiciones, las siguientes: 1- No volver a incurrir en hechos similares .....