este Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el sobreseimiento de la causa, a favor del ciudadano EUCLIDES JOSE FIGUEROA, a quien se le aperturó investigación por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 4, del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda el cese de las medidas cautelares sustitutivas de libertad que pesan sobre el ciudadano EUCLIDES JOSE FIGUEROA .