este Tribunal Primero en Funciones de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA decretar la PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a los ciudadanos RUTH CAROLINA CABRERA ROMERO venezolana, de 23 años de edad, nacida el 27 de Junio de 1986, titular de la cédula de identidad número V- 18.416.223, residenciada en la calle Bolívar, casa número 41, Cumaná y PABLO JOSE MEDINA MORGADO, venezolano de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad número V- 19.082.189, nacido en fecha 23 de Mayo de 1987, residenciando en la urbanización la llanada, sector 02,vereda 36, casa número 36, Cumaná, por la presunta comisión del delito de EXPLOTACION SEXUAL DE ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 258 de La Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente con el agravante previsto en el artículo 217 ejusdem, en perjuicio de la adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, ordenándose su reclusión en la sede d.....