PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio CATALINO SANTIAGO GONZÀLEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el número 45.432, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada MANUEL OLIVEIRA DOS SANTOS, contra el auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha Trece (13) de Julio de 2016.
SEGUNDO: SE REVOCA, el auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha trece (13) de julio de 2016, el cual inadmitió en su totalidad los medios de pruebas aportados por el demandante a través de su apoderado judicial abogado en ejercicio CATALINO SANTIAGO GONZÀLEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el número 45.432, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada MANUEL OLIVEIRA DOS SANTOS.
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