DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los Abogados TITO GELVEZ Y JOSÉ GAMARDO ESPÍN, en su carácter de Defensores Privados de los ciudadanos JOSÉ RAFAEL COA RODRÍGUEZ, ALEJANDRO ENRIQUE RIVERO Y HUMBERTO JOSÉ ESCRIBANO, contra Auto dictado por el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en fecha 30-07-2004, mediante la cual se decreto LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los prenombrados imputados, por la comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL ROBO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD.-
Publíquese, regístrese y decídase en su oportunidad legal.
La Ju.....