Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los abogados ORLANDO J. RIVERA M. y ANNYS LEAL M.,, Defensores Privados del ciudadano ANEL RAMÓN MORENO, contra decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control con competencia en Ilícitos Económicos y Fronterizos del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, Extensión Carúpano, en fecha 23 de Enero de 2016, mediante la cual decretó PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano antes mencionado, por la presunta comisión de los delitos de ESPECULACIÓN y ACAPARAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 49 y 52 de la Ley de de Precios Justos, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO.