D E C I S I Ó N
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se declara ADMISIBLE, el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada CARMEN ESPERANZA, actuando con el carácter de Fiscal Quinta del Ministerio Público, con competencia en Materia Penal Ordinaria del Niño y del Adolescente, contra decisión dictada por el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en fecha diez (10) de marzo de 2008, mediante la cual se constituye en TRIBUNAL UNIPERSONAL, en la causa seguida al imputado JOSÉ ANGEL RONDON MARCANO, por los delitos de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL Y DETENTACIÓN DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 410 y 277 del Código Penal; todo de conformidad con las previsiones establecidas en los artículos 432, 433, 435, 447.5 y 450 Código Orgánico Pro.....