D E C I S I Ó N
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se declara ADMISIBLE, el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada YAMILET DELGADO, actuando con el carácter de Fiscal Auxiliar Décima del Ministerio Público, contra decisión dictada por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en fecha treinta y uno (31) de marzo de 2008, mediante la cual hizo ENTREGA EN GUARDA Y CUSTODIA de un vehículo no identificado y con irregularidades en los seriales y en la documentación, al ciudadano CARLOS ENRIQUE CHACON MARTINEZ; en su condición de solicitante; todo de conformidad con las previsiones establecidas en los artículos 432, 433, 435, 447.5 y 450 Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese y decídase en su oportunidad legal.