D E C I S I Ó N
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA INHIBICION planteada por la abogada CARMEN SUSANA ALCALA, actuando con el carácter de Jueza Segunda de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, mediante el cual de conformidad con los artículo 87 y 89 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el 86 numeral 7 ejusdem; se inhibe de conocer la causa signada con el alfanumérico RP01-X-2008-000028; seguida al acusado LUIS MANUEL RODRIGUEZ ZERPA, por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 DEL Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos hoy occisos JAIME FRANCISCO FIGUEROA SALAZAR, DANEISIS JOSÉ ZORRILLA RONDON, JEAN CARLOS FIGUEROA, DELIMAR ELENA MARCANO BENITE.....