Por las consideraciones antes expuestas, éste Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 64 literal b, 66 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario, otorgar la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena consistente en DESTACAMENTO DE TRABAJO, a ALEXANDER GABRIEL QUIJADA AGUILERA, Venezolano, mayor de edad, soltero, nacido en fecha 05/10/1994, Natural del Nueva Esparta, y titular de la Cédula de identidad Nº 26.294.064, de profesión u oficio: Estudiante, hijo de Neivis Niurka Aguilera y residenciado en Alexander Gualberto Quijada, Domiciliado: Calle Pueblo Nuevo, Casa S/N, como a 50 metros de la Iglesia del Pilar, El Pilar, Municipio Benítez, del Estado Sucre, quien se encuentra cumpliendo la pena de SEIS (06) AÑOS, y OCHO (.....