En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185 del Código Civil y desafecto, interpuesta por los ciudadanos SASHA ILANOVA CANO HERNANDEZ y JAVIER ASUNCIÓN RODRIGUEZ MARCANO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.- 21.011.782 y V.-18.493.313, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Parroquia Pozuelos, Municipio Sotillo del Estado Anzoategui, según se evidencia del Acta de Registro de Matrimonio la cual quedo asentada bajo el N° 385, de fecha veintinueve (29) de Noviembre de 2017.-
Definitivamente firme como haya quedado el fallo dictado, r.....