DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano ALI RAFAEL INDRIAGO RIVAS, Venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 28 años de edad, nacido en fecha: 03/08/88, de profesión y oficio obrero, soltero, Titular de la Cédula de identidad número V- 19.315.904, hijo de Jesús Indriago y Rosa Rivas residenciado en Primero de Mayo, Calle 5 de Marzo, casa sin numero, cerca del río, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, por encontrarse presuntamente incurso en la comisión de los delitos LESIONES PERSONALES TIPO BÁSICAS, prevista y sancionado en el articulo 413 y el Delito de HURTO CALIFICADO, en perjuicio del Ciudadano AMADOR DE JESÚS TORRES VELÁSQUEZ, consistente en presentaciones periódicas cada treinta (30) días, .....