Por todos los motivos esbozados anteriormente, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de Ley, ACUERDA: Otorgar Medida de Protección tanto a quien aparecen como víctima, ciudadana: Rebeca Marisa Echeverría, Residenciado en: Urbanización "Mamá Flores" calle El Tigre, casa número: 03, color ladrillo, Parroquia Santa Rosa, de la ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre. Así como a su núcleo familiar, a fin de garantizarles sus integridades físicas y emocionales; en consecuencia se comisiona, al Comandante de la Policía de la ciudad de Carúpano para que ordene a los funcionarios adscritos a la zona donde reside la víctima, que efectúen RONDAS POLICIALES consecutivas durante el día y la noche, alrededor de la vivienda donde habita la víctima y su núcleo familiar y visitas a su residencia para verificar que efectivamente no están siendo molestadas. Líb.....