REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
CARÚPANO, 21, DE JULIO DE 2.006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2006-001668
ASUNTO: RP11-P-2006-001668


AUTO MEDIANTE EL CUAL SE NIEGA REVISIÓN DE MEDIDA.

Visto el escrito interpuesto por ante este Tribunal, por la Doctora: Siolis Crespo, en su carácter de Defensora Pública Penal, de los ciudadanos: Jorge Iván Hernández e Israel Hernández, de fecha 17 de Julio de 2.006, donde solicita a este Tribunal, revisión de medida, a favor de sus defendidos, y se les aplique una medida menos gravosa; por considerar, que han variado la circunstancias que motivaron la privación de libertad; al producirse según la defensa un cambio de calificación; este tribunal para decidir observa: en primer lugar, para este juzgador no han variado las circunstancias que motivaron la aplicación de la medida judicial preventiva privativa de libertad, en contra de los imputados, que igualmente no se ha producido tal cambio de calificación y en segundo lugar, sería inoficioso cualquier cambio de medida en este momento, ya que esta próxima la realización de la audiencia preliminar; por todas las razones expuestas, este tribunal, administrando justicia en nombre de la república y por autoridad de Ley, Niega la solicitud de revisión de medida hecha por la Defensa Pública. Notifíquese a la solicitante. Así se decide. Cúmplase.

Abogado: Ramón j. Ponce


Juez Segundo de Control
Abogada: Roraima Ortiz

Secretaria