Este Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en aras de velar por el fiel cumplimiento de los artículos 8, 9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal, referidos a la Presunción de Inocencia, el enjuiciamiento de los ciudadanos en libertad y por último, la libertad como principio recalcando la privación judicial de libertad como la excepción; considera que en el caso de marras puede asegurarse la finalidad del proceso con una medida menos gravosa de las establecidas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, ajustándose de este modo la pretensión de la Defensa Pública, motivos por el cual se acuerda Revisar la Medida de Coerción Personal recaída en la persona de la ciudadana JENNIFER DEL VALLE FERMIN FERMIN, venezolana, de Margarita, Nueva Esparta, de 28 años de edad, de estado civil: soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-17.781.502, hija de Cleotilde del Valle Fermín y Roberto José Jiménez, de profesión u oficio: indefinido, naci.....