DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la extinción de la Acción Penal y DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor del imputado, EDGAR JOSE MOREY LOZADA, venezolano, de 37 años de edad, nacido el 28/06/1972; titular de la Cédula de Identidad Nº 10.881.348, de profesión u Oficio: Albañil, domiciliado en Canchuchuviejo sector la vega, casa Nº 139, cerca de la cancha de bolas criollas el rincón de toño de esta ciudad, por el delito de Violencia Fisica, previsto y sancionado en el artículo 17, de la Ley Orgánica sobre el derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Cristina Hernández Cedeño.,; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45; 48, numeral 7; y 318, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal.. Se ordena remitir el pre.....