este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 numeral 8° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108 ordinal 5°, declara el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA iniciada en fecha, 14-10-11, seguida a ORMAR JOSE GRAU PULIDO, EDUARDO RAFAEL HIDALGO, JHONNY LUIS CORDOVA SALAS, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las mujeres a una vida libre de violencia vigente para el momento de los hechos en perjuicio de la ciudadana YANNELLYS JOSEFINA GUATARAMA ALZOLAR , de conformidad con el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, "... a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación,.....